Ribera del Duero hace públicas sus normas para la próxima camapaña de vendimia

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ribera del Duero ha publicado ya las normas de vendimia que regirán la campaña 2016 que establecen como principal novedad que las bodegas deberán comunicar por escrito al Consejo Regulador la fecha de inicio de la vendimia con una antelación mínima de 24 horas. Tambiñen indican que la uva perteneciente a distintos viticultores contenida en un único medio de transporte deberá ser obligatoriamente pesada en origen (tanto de forma individual como colectiva) y destino.

 
La vendimia se realizará con el mayor esmero posible, dedicando exclusivamente a la elaboración de vinos protegidos las partidas de uva sana con un grado de madurez adecuado que, expresado en grados Beaumé, deberá ser como mínimo de 11 (19,1 grados Brix) para todo tipo de uva en cada entrega parcial o pesada en báscula.

 

Como norma general, la medición del grado se realizará antes de descargar la uva en la tolva y en el caso de que la bodega o/y el viticultor deseen que la toma de grado se realice una vez descargada la uva, si ésta no alcanzara el grado mínimo exigido, la partida de uva afectada, quedará descalificada, y deberá elaborarse de forma separada de los vinos que puedan tener derecho a Denominación de Origen.

 

Quienes deseen acogerse a esta posibilidad deberán esperar a que se procesen independientemente cada una de las partidas de uva descargadas en tolva -se considera un margen de error del refractómetro de*0,2 grados Beaumé-. Otra de las normas establece que todas las bodegas elaboradoras que vayan a procesar uva durante esta campaña de vendimia deberán pesar todas las partidas de uva que reciban y usar para ello "instrumentos de pesaje conformes con la normativa vigente".

 

Según estable el Consejo Regulador, el cumplimiento de esta exigencia legal se debe acreditar mediante los correspondientes marcados de conformidad y etiquetas de verificación visibles en los propios instrumentos de pesaje y con los documentos de conformidad, certificados de verificación periódica o de después de reparación o modificación, en su caso. Así, las bodegas que dispongan de instrumentos de pesaje con una antigüedad depuesta en servicio superior a dos años, deberán aportar copia del certificado de verificación periódica o de después de la reparación o modificación junto a la comunicación de la fecha de inicio de la vendimia.

 

En el caso de utilizar instrumentos de menor antigüedad deberán aportar, junto a la citada comunicación, una copia del documento de conformidad o fotografía de los marcados de conformidad que deben figurar en el propio instrumento. De este modo, no se autorizará a las bodegas el uso de básculas que no cumplan los requisitos señalados para el pesaje de uva destinada a la elaboración de vinos amparados. Por otro lado, en el caso de que la hora de apertura o/y cierre sea modificada respecto al horario entregado se deberá comunicar al veedor de bodega con 12 horas de antelación como mínimo y no se aceptará la entrada de uva (incluye la destinada a los pies de cuba) cuando el veedor no esté presente.

 

"Esta norma es fundamental para el buen control de la vendimia", han argumentado desde el Consejo Regulador de la DO Ribera del Duero que han informado de que se sancionará "con rigor" el incumplimiento de esta norma con la descalificación de la uva y, en su caso, a la incoación del oportuno expediente sancionador.

 

Otra de las normas fija que todos los Viticultores que deseen realizar vendimia mecanizada así como las bodegas que vayan a recibir esa producción deberán comunicarlo por escrito al Consejo Regulador con una antelación mínima de 48 horas de forma que los Servicios Técnicos del Consejo Regulador puedan realizar una comprobación de la calidad de la uva que va a ser vendimiada de esa forma. El viticultor que desee realizar la vendimia de forma mecánica deberá haber eliminado todos aquellos racimos verdes o afectados por enfermedad antes de que los Servicios Técnicos del Consejo Regulador se desplacen a la parcela con el fin de realizar las oportunas comprobaciones. El preceptivo permiso de los Servicios Técnicos tendrá una duración limitada en función de las condiciones climáticas y de evolución fitosanitaria de la viña. Dicho plazo debe establecerse en el momento de conceder la autorización por los Servicios Técnicos.

 

Finalmente, queda prohibida la utilización de cubos de plástico, todo tipo de sacos y los envases de latón o hierro como medio de vendimia o transporte, lo que conllevaría la incoación de un expediente sancionador y la retirada cautelar de la Tarjeta Inteligente de Viticultor al titular y, en su caso, se procederá a efectuarla descalificación del vino de la Bodega receptora, de una parte o, incluso, de la totalidad de la cosecha. Si el transporte se realiza a granel se evitará el contacto directo de la uva con la chapa metálica mediante la utilización de lonas limpias que lo impidan, a no ser que la chapa sea de acero inoxidable o esté totalmente recubierta de una pintura epoxídica convenientemente aplicada y seca. "La uva no se pisará bajo ningún concepto", advierte el CR. Las lonas y los recipientes contenedores de uva, se lavarán con agua abundante en la bodega inmediatamente después de cada descarga y se incidirá especialmente en la vigilancia de este requisito.

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