Castilla y León publica las ayudas a reestructuración y reconversión de viñedo

Las plantaciones de viñedo que deberían llevarse a cabo durante el año 2020 podrán realizarse durante el 2021 sin penalización en las subvenciones

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León ha publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León la Orden que convoca la ayuda a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedos en la Comunidad de Castilla y León en las campañas vitícolas 2020/2021 y 2021/2022.

Esta convocatoria anual de ayudas se realiza en una situación excepcional consecuencia del estado de alarma ocasionado por el COVID-19, lo que ha provocado que el Ministerio y las comunidades autónomas estén trabajando a marchas forzadas para reducir al mínimo el impacto en los viticultores y en el sector en general.

La Orden de convocatoria de ayudas en Castilla y León va a permitir que se puedan realizar reimplantaciones, reconversión varietal y la mejora de las técnicas de gestión de viñedos en aquellos viñedos plantados con anterioridad a 1 de agosto de 2018.

Para ello, los viticultores que deseen plantar viñedo y optar a las ayudas podrán hacerlo mediante dos opciones: la primera, con la conversión de los derechos vigentes hasta 31 de diciembre de 2020 en autorizaciones de plantación y la segunda, arrancando viñedo viejo propio para así obtener la autorización de replantación para el nuevo viñedo.

Los viticultores y, por las causas propias de esta situación excepcional, podrán aplazar sus labores, sin ocasionarles ninguna incidencia económica ni penalización posterior en la tramitación de sus expedientes. En este sentido, las plantaciones de viñedo que deberían llevarse a cabo durante el año 2020 podrán realizarse durante el 2021 sin dar lugar a penalización en las subvenciones.

Novedades

Entre las principales novedades de esta convocatoria, y con el objetivo de atraer más fondos europeos, están:

  •     subvencionar los trabajos realizados por el propio viticultor en las acciones de arranque, plantación, puesta de la protección individual contra conejos y los trabajos para instalar la espaldera y para la transformación de vaso a espaldera y la reconversión varietal
  •     se permite la renuncia a la ayuda dentro del mes siguiente a la notificación de la resolución aprobatoria de la ayuda
  • Además, como ya se fijaba en la convocatoria del año pasado, se van a priorizar las solicitudes presentadas por viticultores que no cumplan más de 40 años y las presentadas por explotaciones agrarias de titularidad compartida.
  • También tendrán preferencia en la concesión de la ayuda aquellas solicitudes que promuevan la participación de la mujer en la actividad económica de las zonas rurales, las explotaciones que trabajen bajo el modelo de producción ecológica y las que fomenten el desarrollo de la actividad económica bajo las diferentes fórmulas asociativas.

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